28 marzo, 2024

Dan tratamiento impositivo diferenciado a la soja

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Tras detectar numerosas irregularidades en el ingreso de soja a Misiones provenientes de otras provincias, el gobierno de Misiones resolvió darle un tratamiento impositivo diferencial tanto a la comercialización como al acopio del producto.

Mediante la resolución Nº 139/22 del Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, publicada ayer en el Boletín Oficial, se determinó específicamente para la venta al por mayor de soja (5%) y al acopio, acondicionamiento y venta al por mayor en comisión o consignación de soja (12%). Ello tras consignarse que obedece al elevado riesgo tributario que representa el ingreso de soja a Misiones, proveniente de otras provincias.

También la nueva resolución ya vigente aclara que la nueva medida no afecta a las demás oleaginosas, cuyo tratamiento tributario continuará siendo el vigente y no colisiona con los compromisos asumidos por la Provincia con la Nación en el marco del Consenso Fiscal 2021. Además, se complementa con la Resolución publicada el 9 de febrero en el Boletín Oficial de la Provincia mediante la cual se exige el Formulario SF150/A, en cuanto a todo traslado de granos, buscando evitar que se ocupen nombres o se realicen compras a nombre de terceros.

La Agencia Tributaria Misiones en forma previa había determinado que partir del 15 de febrero se exigía la presentación del Formulario SF 150/A para el ingreso de granos a Misiones, según se consigna en la Resolución General N°5 de este año.

Ello, “en función de procurar un mayor control del ingreso de granos a la Provincia de Misiones y un mejor seguimiento del destino y la utilización posterior de dicha mercadería, buscándose obtener una trazabilidad del trayecto de la mercadería desde su ingreso a la Provincia hasta su destino final”.

Por ello, consideraban menester incorporar la exigibilidad del formulario SF150/A “Control Fiscal” como requisito para el ingreso de las mercaderías en cuestión al territorio provincial. En esa normativa se apuntaba al traslado de granos en general de origen vegetal –soja, avena, cebada, centeno, maíz, trigo, girasol- que se realice desde otras jurisdicciones provinciales con destino a Misiones, para ser comercializado, exportado y/o distribuido. Pero esta vez, se resolvió que la soja tendrá un tratamiento impositivo diferenciado. A su vez aclaran que la medida tampoco tendrá impacto económico en la canasta básica alimentaria de los ciudadanos ni en los insumos necesarios para la producción local ya que no implica una suba de la carga impositiva de ninguna actividad comercial, productiva y turística en la provincia.

Tras diversas irregularidades
En cuanto a la nueva resolución, se añade que “se llegó a esta decisión luego de corroborar permanentes irregularidades, tanto en la documentación vinculada al transporte de la mercadería como en la registración y demás deberes tributarios de los que se declaran propietarios, haciendo engorrosa la determinación de las obligaciones fiscales y el control de la regularidad de la actividad. Esta circunstancia atenta contra toda la actividad económica de la provincia y somete a una competencia desleal a los contribuyentes misioneros que se inscriben debidamente y tributan en tiempo y forma cumpliendo con las normativas vigentes”.

Por eso, la Provincia, a través del Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos y de la Agencia Tributaria de Misiones, “continuará concentrando esfuerzos para profundizar el contralor y encarar modificaciones a la normativa reglamentaria que posibiliten controlar con más eficiencia la evasión y elusión fiscal existente en el sector, brindando mayor seguridad y garantizando la competencia leal en los intercambios comerciales que se realicen en la Provincia, según el espíritu de la resolución.

Se pretende, según la norma, con esta modificación alcanzar un desarrollo económico igualitario para todos los eslabones de la actividad productiva y comercial.

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