15 enero, 2025

Monotributo: hoy vence el plazo para recategorizarse en la AFIP

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El trámite es obligatorio para los monotributistas. Cómo hacer la recategorización.

Hoy es el último día para que los monotributistas puedan realizar la primera recategorización del año. Es un trámite obligatorio que se realiza ante la Administración Federal de Ingreso Públicos (AFIP).

Si bien el organismo había puesto como fecha límite el 22 de enero, luego decidió prorrogar el tiempo para que los pequeños contribuyentes se pongan al día hasta este lunes 5 de febrero, para cumplir con la obligación correspondiente al

semestre julio/enero 2024.

Cómo hacer la recategorización del Monotributo en AFIP

• Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.
• Seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.
• Seleccionar “continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses y “confirmar categoría”.
• Finalmente, imprimir la nueva credencial.

Cuánto hay que pagar de cuota mensual

• Categoría A: $12.128,39 tanto los que venden bienes y como los que ofrecen servicios.
• Categoría B: $13.561,75 para todos los pequeños contribuyentes de esta escala.
• Categoría C: $15.503,51 para servicios y $7226,83 a $15.241,42 para la venta de productos.
• Categoría D: para servicios es de $19.497,94, y de $19.066,46 los que venden productos.
• Categoría E: la cuota mensual de $26.945,97 (servicios) y de $24.526,43 venta de cosas muebles;
• Categoría F: $33.137,61 para los servicios, y para los que venden productos, de $13,856,32 a $29.223,11.
• Categoría G: $38.694,95 para servicios y a $33.439,61 para los productos.
• Categoría H: para servicios (la última escala permitida) $66.111,51. Mientras, los que venden bienes, $56.402,68.
• Categoría I: $81.121,96.
• Categoría J: $93.619,47.
• Categoría K: $106.964,65.

Cómo quedan las escalas de facturación desde enero de 2024

• Categoría A: facturación anual hasta $2.108.288,01;
• Categoría B: $3.133.941,63;
• Categoría C: $4.387.518,23;
• Categoría D: $5.449.094,55;
• Categoría E: $6.416.528,72;
• Categoría F: $8.020.660,90;
• Categoría G: $9.624.793,05;
• Categoría H: $11.916.410,45;
• Categoría I: $13.337.213,22;
• Categoría J: $15.285.088,04;
• Categoría K: $16.957.968,71.

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