29 marzo, 2024

La rotunda respuesta de una directora ante un “apriete” de auditores del CGE

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Dos funcionarios de la Auditoría del Consejo General de Educación se presentaron este jueves en una escuela, solicitando la planilla de asistencia diaria y así conocer qué docentes se habían adherido al paro convocado por Udnam (FTEL). Pero la directora se negó y explicó por qué.

Este jueves, en las redes sociales comenzaron a circular capturas de pantalla y fotografías de documentos públicos que desnudarían maniobras de persecución a docentes por parte del Consejo General de Educación, que, junto al Ministerio de Educación, enfrentan la segunda jornada de un paro de 72 horas que tuvo una fuerte adhesión en Misiones.

Este jueves un periodista difundió a través de sendos twits, dos capturas de pantalla que mostrarían cómo el CGE está ordenando a los supervisores y directores que recopilen datos sobre los docentes que se adhieren a la medida de fuerza convocada desde el Frente de Trabajadores de la Educación en Lucha (FTEL), bajo el paraguas legal de Udnam (Unión de Docentes Nueva Argentina Misiones)

En ellas, el mensaje que provendría del CGE, se ordena a los supervisores que los directores y rectores “nos envíen el Registro de Asistencia Diaria – planilla anexa a la resolución 14/12 del CGE” de los días 2, 3 y 4 de Marzo –es decir, los días de la huelga de 72 horas convocada por el FTEL–.

La captura de un mensaje que mostraría una orden del CGE para perseguir a docentes

“Pido nos envíen las mismas a esta Dirección al finalizar la semana. Para las escuelas que se encuentran a gran distancia, entregar a una directora o secretaria escolar del CGE de la zona, y nos avisan”, continúa el mensaje que conmina a conculcar el derecho a huelga.

“Por otro lado, viendo las planillas enviadas, volvemos a insistir en lo siguiente, para que nos envíen correctamente”, puntualiza el mensaje que, acto seguido, especifica qué información pretenden de los directores.

“(…)*La planilla debe ser la del formato anexo de la Resolución 14/12. No otro modelo.

*Deben figurar TODOS los agentes (horas/cargos) que trabajen en el día

*Tienen que tener todos los datos solicitados en la planilla: datos del agente, cargo, turno, horas de trabajo y firma del mismo. De no estar presente, que se aclare si está de licencia, adherido a paro u otro motivo de ausencia.

*Todas las planillas deben estar firmadas y selladas al pie, por el secretario y director de la escuela.

*Las planillas deben elaborarse a diario como registro, independiente de si es pedido o no por esta dirección y presentar a la autoridad superior o del CGE, que lo solicite. (…)”

De la resolución 14/12, el CGE no informó oficialmente nada, pero queda en claro que la orden apunta a conocer qué docentes estuvieron de paro los días 2, 3 y 4 de Marzo.

La ilustrativa resistencia de una directora

Sin embargo, el periodista y docente Horacio Ortiz también publicó un acta firmada por la docente Silvia Mauri de Garrido, Directora de la Escuela 356, quien se negó a las exigencias de dos funcionarios de la Auditoría del CGE (Jonás Amatte y Mónica Cabrera) “para recabar informe sobre el Paro docente (Planilla de Asistencia diaria)”.

“Como directora de la Institución informo el porcentaje de adhesión ayer y hoy 3/3/22 siendo de 97% en ambos turnos. No presento lista de adheridos por ser respetuosa de la ley que lo impide (Ley 23.555)”, respondió en el Acta 1/22 esta directora. Cabe destacar que la docente no sólo se negó a delatar a compañeros de trabajo, sino que, al mismo tiempo, le recordó a los funcionarios del cuerpo auditor del CGE, la vigencia de la ley que protege a los trabajadores.

Fuentes consultadas explicaron que la directora se refiere en realidad a la ley 23.551 de Asociaciones Sindicales, que prohíbe la persecución y hostigamiento contra trabajadores en ejercicio de su derecho a huelga.

En tanto, la invocada resolución 14/12 del CGE, en su artículo 1, dispone “implementar a partir del inicio del Ciclo Lectivo 2012, la Planilla de Registro de Asistencia del Personal Docente de obra como anexo de la presente Resolución, remunerado en concepto de horas cátedra en los Establecimientos Educativos de Nivel Secundario, Técnico y Superior, la que deberá ser completada por el Director, Vice-Director y/o Personal Docente a cargo de la Dirección en los turnos que funcione la institución y firmada por el docente que debe prestar servicios”.

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