La Justicia Federal se declaró competente para investigar el caso de Mario Golemba (desaparecido en Misiones desde marzo de 2008), y que se llevará a cabo bajo la figura de “desaparición forzada de persona”. Rafael Pereyra Pigerl, representante legal de la familia Golemba, habló sobre el avance de la causa y lo que significa esta decisión de la justicia.
Mario Golmeba está desaparecido desde el 27 de marzo de 2008 cuando se dirigía hacia una consulta médica en Oberá y según afirma el abogado representante de la querella Pigerl las últimas comunicaciones que tuvo Golemba con su familia fueron previas a su regreso a la localidad de Dos de Mayo. Los testimonios presentados en el expediente establecen que se lo vio por última vez en la Comisaría de esta localidad.
“Durante muchos años, su padre Antonio pidió justicia y su aparición con vida”, explicó Pigerl. Acerca del tratamiento del caso desde la Justicia Provincial, el abogado comentó que nunca hubo una instrucción formal en el ámbito penal.
La cédula emitida por el Poder Judicial de la Nación, informa que se delega la instrucción de la causa al Ministerio Público Fiscal, constituyendo como querellantes a Irma Komka (mamá de Mario) y a Eliezer Golemba (hermano de Mario). Ambos serán representados por el abogado Rafael Pereyra Pigerl, cuyo estudio jurídico está radicado en Oberá.
Pigerl presentó un proyecto legislativo sobre un sistema de búsqueda de personas desaparecidas y extraviadas en la Provincia que adhiere al sistema nacional, colocándole el nombre de Mario Golemba. Pigerl explicó que en abril, la familia supo de su accionar y desde entonces los representa legalmente.
El abogado de la familia indicó que primeramente se solicitó el expediente del caso a la Justicia Provincial. Añadió así que nunca la abogada y su familia habían podido acceder a los archivos y que gracias al juez Alarcón, quien estaba subrogando el Juzgado, pudieron obtener esta información. Una vez permitido el acceso, el abogado expresó que “había suficientes elementos de importancia para radicar una denuncia por desaparición forzada”.
El artículo N°142, contemplado en la Ley 26.679 dentro del Código Penal, tipifica el delito de desaparición forzada de personas, y la condena para quienes sean hallados culpables es de 10 a 25 de prisión, sumado a la inhabilitación perpetua para ejercer un cargo público. Pigerl comentó también que el delito está fijado en las convenciones de Derechos Humanos, por ende, adquieren peso constitucional.
Se trata de un delito imprescriptible, y el artículo enuncia que se condenará “al funcionario público o a la persona o miembro de un grupo de personas que, actuando con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, de cualquier forma, privare de la libertad a una o más personas, cuando este accionar fuera seguido de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona”.
Según Pigerl, los testimonios presentes en los expedientes afirman haberlo visto con vida por última vez detenido en la comisaría de la localidad de Dos de Mayo. Asimismo, el abogado añadió que nunca se dio el ingreso de Mario Golemba, hecho que está contemplado dentro de la figura penal de desaparición forzada.
Respecto de los avances producidos en la Justicia Provincial, Pigerl explicó que las declaraciones y citaciones de los agentes y comisarios involucrados deberán retomarse a nivel federal por la fiscalía encargada de la investigación.
“Es muy importante la intervención de la Procuraduría de Violencia Institucional dependiente del Procurador General de la Nación, ya que es un organismo que tiene mucha experiencia en este tipo de delito en la faz de lesa humanidad y está orientada en prácticas delictivas de agentes del Estado”, destacó Pigerl respecto del accionar de la Justicia Federal.
Acerca de las hipótesis, Pigerl comentó que desconocen profundamente cuáles podrían haber sido las motivaciones que llevaron a los agentes policiales a cometer un delito de estas características.
“Hubo durante mucho tiempo miedo de los testigos de declarar” agregó el abogado querellante. Sobre esto indicó que la figura de testigos es una carga pública y que para garantizar su seguridad, la Justicia dispone de varios recursos y de la protección de identidad evitando así que puedan sufrir represalias.
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